En caso de accidente le asesoramos SIN NINGÚN COMPROMISO.
Máxima Indemnización Garantizada.
Estudiamos su caso, y ponemos en marcha su reclamación para conseguirle LA MAYOR INDEMNIZACIÓN. Rigiendonos bajo los criterios de rigor y profesionalidad que nos abalan, y luchando siempre por sus derechos e intereses.
PREGUNTAS FRECUENTES
- He sufrido un accidente de tráfico ¿Que pasos debo seguir?
En primer lugar designar tu propio abogado de confianza
En segundo lugar una vez haya designado su propio abogado de confianza, al margen del que le ofrece su compañía, los siguientes pasos a seguir deben quedar en manos del mismo equipo jurídico en el que ha depositado su confianza, para que así sean los profesionales los que trabajen por ud.
El primer paso sería tomar la vía extrajudicial negociando con el abogado de la compañía de seguros la cuantía de su indemnización. Si no llegamos a un acuerdo acudimos a la vía judicial, reclamando su indemnización, bien a través de un procedimiento penal si se considera que el accidente constituye delito o falta, o acudiendo a la vía civil interponiendo la correspondiente demanda ante los Tribunales de Justicia.
El tener una buena defensa jurídica es esencial para obtener el objetivo deseado, que en este caso es obtener la máxima indemnización. Por eso recalcamos tanto la importancia de buscar un equipo de profesionales que estén dispuestos a luchar por sus derechos, y que cuenten con experiencia suficiente para defender su caso.
En nuestro despacho son muchos los casos de éxito que nos abalan, pues tras años de trabajo en el sector del daño corporal hemos conseguido especializarnos en el mismo, obteniendo de este modo el mayor numero de éxitos en indemnizaciones para nuestros clientes
- ¿Cuales son mis derechos?
Sea cual sea la situación de la victima/lesionado (estudiante, trabajador, parado, jubilado…) tiene derecho a una indemnización, sin estar ésta sujeta a una baja laboral.
Si una persona se ve involucrada en un accidente de tráfico, tanto si es conductor ( de un vehículo automóvil, ciclomotor, camión..), como si es ocupante del vehículo, o peatón, tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones que sufra, tanto por los días de baja médica como por las secuelas que sufra, salvo que exista culpa exclusiva de la víctima.
- ¿Qué tipo de daños son indemnizables?
En caso de accidente pueden producirse daños personales (lo que se conoce como lesiones) o daños materiales (los daños en su vehículo por ejemplo ). Ambos daños son indemnizables.
- ¿Como se calcula una indemnización?
Para calcular la
indemnización que le corresponde
Ley
de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de
Motor, estableció
un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a
las personas en accidentes de circulación, conocido como “el
baremo” publicado
en el BOE, en el cual se establecen anualmente los importes que le
corresponden a las victimas de accidente de tráfico en concepto de
indemnización. Para
su mayor comodidad
le facilitamos el enlace para descargarse ud mismo el baremo.
Click aqui para descargar baremo
En el apartado 1º del Anexo de esta Ley se establece:
“El
presente sistema se aplicará a la valoración de todos los daños
y perjuicios a las personas
ocasionados en accidente de circulación…”.
- ¿Qué plazos tengo para reclamar?
Para informar a la compañía sobre el siniestro tiene un plazo de siete días.
Para interponer una denuncia
dispone de un plazo de seis
meses desde el día del
accidente.
Para acudir a los
tribunales por vía civil dispone de
un año.
- Si sufro un accidente sin contrario ¿Debo presentar parte de accidente a la compañía?
Si se produce un siniestro sin que haya un tercero implicado como por ejemplo colisionar con un árbol/pared/señal, etc. o se sale de la calzada, si su vehículo no está asegurado a todo riesgo, el asegurado tendrá que hacerse cargo de los gastos de reparación del vehículo. Si por lo contrario su vehículo si esta asegurado a todo riesgo la compañía deberá hacerse cargo de la reparación de la misma, para lo que se precisara dar parte del accidente.
Es recomendable dar parte de accidente a la compañía aseguradora sea cual sea su situación debido a que pueden ocasionarse daños a terceros, y que éstos le reclamen una indemnización. Por ejemplo al chocar contra un semáforo/señal de tráfico/farola si causa daños materiales y no entrega parte a la compañía la administración pública le reclamará a usted la factura de su reparación.
- ¿Puedo elegir mi propio abogado, sin necesidad de aceptar el que proporciona mi compañía?
Si su póliza tiene contratada la cobertura
de defensa jurídica su compañía deberá pagar todos los
gastos que puedan originarse de un juicio (abogado, procurador,
costas, fianzas, peritos, etc) a consecuencia de un accidente de
tráfico.
La Ley del Contrato de Seguro Ley 50/1980 , salvo alguna excepción, establece:
"El asegurado tendrá derecho a
elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle
y defenderle en cualquier clase de procedimiento.
El asegurado
tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y
Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses
entre las partes del contrato”
Como podrá comprobar según la La Ley del Contrato del seguro establece que el usuario puede elegir abogado por su cuenta.
Es clave poder designar libremente a su propio abogado
Las indemnizaciones deben ser valoradas por abogados a favor del lesionado. Normalmente el cliente por desconocimiento deja que se encargue la propia aseguradora, dejando de esa forma que sea la que decida que cantidad le corresponde. Sin embargo, por la propia desinformación que existe en torno a este asunto, el lesionado no tiene en cuenta que los abogados que te ofrece la aseguradora velan por los derechos de la propia aseguradora y no por los suyos propios.
Cuanto mayor sea la indemnización menor es el beneficio para la compañía aseguradora Este dato es más que significativo para llegar a entender el trasfondo y la importancia de porque es clave en el proceso de la reclamación contar con tu propio abogado.
