En caso de accidente le asesoramos SIN NINGÚN COMPROMISO.
Máxima Indemnización Garantizada.
Estudiamos su caso, y ponemos en marcha
su reclamación para conseguirle LA MAYOR INDEMNIZACIÓN.
Rigiendonos bajo los criterios de rigor y profesionalidad que nos
abalan, y luchando siempre por sus derechos e intereses.
PREGUNTAS FRECUENTES
- He sufrido un
accidente de tráfico ¿Que pasos debo seguir?
En primer lugar designar tu propio abogado
de confianza
En segundo lugar una vez haya designado su
propio abogado de confianza, al margen del que le ofrece su compañía,
los siguientes pasos a seguir deben quedar en manos del mismo equipo
jurídico en el que ha depositado su confianza, para que así sean
los profesionales los que trabajen por ud.
El primer paso sería tomar la vía
extrajudicial negociando con el abogado de la compañía de seguros
la cuantía de su indemnización. Si no llegamos a un acuerdo
acudimos a la vía judicial, reclamando su indemnización, bien a
través de un procedimiento penal si se considera que el accidente
constituye delito o falta, o acudiendo a la vía civil interponiendo
la correspondiente demanda ante los Tribunales de Justicia.
El tener una buena defensa jurídica es
esencial para obtener el objetivo deseado, que en este caso es
obtener la máxima indemnización. Por eso recalcamos tanto la
importancia de buscar un equipo de profesionales que estén
dispuestos a luchar por sus derechos, y que cuenten con experiencia
suficiente para defender su caso.
En nuestro despacho son muchos los casos de
éxito que nos abalan, pues tras años de trabajo en el sector del
daño corporal hemos conseguido especializarnos en el mismo,
obteniendo de este modo el mayor numero de éxitos en
indemnizaciones para nuestros clientes
- ¿Cuales
son mis derechos?
Sea
cual sea la situación de la victima/lesionado
(estudiante, trabajador, parado, jubilado…)
tiene derecho a una indemnización,
sin estar ésta sujeta a una baja laboral.
Si una persona se ve involucrada
en un accidente de tráfico, tanto si es conductor ( de un vehículo
automóvil, ciclomotor, camión..), como si es ocupante del vehículo,
o peatón, tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones que
sufra, tanto por los días de baja médica como por las secuelas que
sufra, salvo que exista culpa exclusiva de la víctima.
- ¿Qué
tipo de daños son indemnizables?
En caso de accidente pueden producirse daños
personales (lo que se conoce como lesiones) o daños materiales (los
daños en su vehículo por ejemplo ). Ambos daños son indemnizables.
- ¿Como se calcula una indemnización?
Para calcular la
indemnización que le corresponde
Ley
de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de
Motor, estableció
un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a
las personas en accidentes de circulación, conocido como “el
baremo” publicado
en el BOE, en el cual se establecen anualmente los importes que le
corresponden a las victimas de accidente de tráfico en concepto de
indemnización. Para
su mayor comodidad
le facilitamos el enlace para descargarse ud mismo el baremo.
Click aqui para descargar baremo
En el apartado 1º del Anexo de esta Ley se
establece:
“El
presente sistema se aplicará a la valoración de todos los daños
y perjuicios a las personas
ocasionados en accidente de circulación…”.
- ¿Qué plazos
tengo para reclamar?
Para
informar a la compañía sobre
el siniestro tiene un plazo de
siete días.
Para interponer una denuncia
dispone de un plazo de seis
meses desde el día del
accidente.Para acudir a los
tribunales por vía civil dispone de
un año.
- Si sufro un
accidente sin contrario ¿Debo presentar parte de accidente a la
compañía?
Si se produce un siniestro sin que haya un
tercero implicado como por ejemplo colisionar con un
árbol/pared/señal, etc. o se sale de la calzada, si su vehículo no
está asegurado a todo riesgo, el asegurado tendrá que hacerse cargo
de los gastos de reparación del vehículo. Si por lo contrario su
vehículo si esta asegurado a todo riesgo la compañía deberá
hacerse cargo de la reparación de la misma, para lo que se
precisara dar parte del accidente.
Es recomendable dar parte de accidente a
la compañía aseguradora sea cual sea su situación debido a que
pueden ocasionarse daños a terceros, y que éstos le reclamen una
indemnización. Por ejemplo al chocar contra un semáforo/señal de
tráfico/farola si causa daños materiales y no entrega parte a la
compañía la administración pública le reclamará a usted la
factura de su reparación.
- ¿Puedo elegir mi propio abogado,
sin necesidad de aceptar el que proporciona mi compañía?
Si su póliza tiene contratada la cobertura
de defensa jurídica su compañía deberá pagar todos los
gastos que puedan originarse de un juicio (abogado, procurador,
costas, fianzas, peritos, etc) a consecuencia de un accidente de
tráfico.
La Ley del Contrato de Seguro Ley 50/1980 ,
salvo alguna excepción, establece:
"El asegurado tendrá derecho a
elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle
y defenderle en cualquier clase de procedimiento.El asegurado
tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y
Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses
entre las partes del contrato”
Como podrá comprobar según la La Ley del
Contrato del seguro establece que el usuario puede elegir
abogado por su cuenta.
Es clave poder
designar libremente a su propio abogado
Las indemnizaciones deben ser
valoradas por abogados a favor del lesionado.
Normalmente el cliente por desconocimiento deja que se encargue la
propia aseguradora, dejando de esa forma que sea la que decida que
cantidad le corresponde. Sin embargo, por la propia desinformación
que existe en torno a este asunto, el lesionado no tiene en cuenta
que los abogados que te ofrece la aseguradora velan por los derechos
de la propia aseguradora y no por los suyos propios.
Cuanto mayor sea la
indemnización menor es el beneficio para la compañía aseguradora
Este dato es más que significativo para llegar a entender el
trasfondo y la importancia de porque es clave en el proceso de la
reclamación contar con tu propio abogado.